MTC autoriza traslado de personal de empresas

Los transportistas que brindan el servicio interprovincial, turístico y escolar ya están autorizados a realizar temporalmente el traslado de trabajadores de diversas empresas, según lo informó el ministro de Transportes y Comunicaciones (MTC), Carlos Lozada.

“Aquellas unidades que estaban suspendidas debido al estado de emergencia nacional ahora podrán brindar sus servicios a las empresas del sector público y privado para movilizar a sus empleadores. Las compañías están facultadas para contratar este tipo de prestación. Se quiere evitar el congestionamiento del transporte urbano”, sostuvo.

El Decreto Supremo N° 017-2020-MTC precisa que para acogerse a este régimen, los mencionados transportistas deben presentar ante la autoridad de transporte competente (Municipalidad Provincial, Gobierno Regional o MTC, según corresponda) un documento informando su voluntad de acogerse al régimen excepcional.

El titular del sector indicó que solo podrán prestar este servicio los vehículos habilitados de la categoría M2 y M3 (vehículo que tiene más de 8 asientos), hasta que los sectores correspondientes levanten la suspensión de dichos servicios de transporte.

Las autoridades competentes de transporte (Sutran, los Gobiernos Regionales, las Municipalidades Provinciales y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao) realizan la fiscalización del servicio de transporte de trabajadores en el ámbito de sus competencias, precisó el MTC.

En cuanto a la aprobación de la ley del Congreso que formaliza a los taxis colectivos, Lozada dijo que “es un retroceso para la reforma de transporte” y confirmó que el “Ejecutivo observará la ley porque la medida va en contra de la nueva reforma del transporte urbano” que impulsa su sector.

19 de mayo de 2020

     
 

Deja una respuesta