La desigualdad entre la gratificación y aguinaldo

Josué Canchari de la Cruz
Docente Fac. de Ciencias Contables y Financieras – Unheval

A pesar de la pandemia de la covid-19 que ocasionó problemas económicos en las empresas y como consecuencia se dieron despidos laborales, esta quincena de julio cumple el plazo para pagar, las empresas privadas, la gratificación por motivo de Fiestas Patrias y las entidades públicas, el aguinaldo. Este beneficio corresponde a todos los trabajadores que se encuentran en planilla de sueldos.

Son casi 5 millones de peruanos (el 15 % de la población aproximadamente) que percibirán su gratificación. La gratificación corresponde a los trabajadores que se encuentran bajo la aplicación del régimen laboral privado, Decreto Legislativo n.º 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

LAS GRATIFICACIONES

Las gratificaciones son sumas de dinero que las empresas están obligadas a otorgar a sus trabajadores. La oportunidad de entrega es de dos veces al año por motivos festivos, la primera por Fiestas Patrias y la segunda por Navidad. En cada caso el plazo para pagar es dentro de la primera quincena. Este mes los empleadores deben pagarlo hasta hoy jueves 15 de julio. Si una empresa no cumple con pagar, el empleado puede acudir a la Sunafil y presentar un reclamo.

Los trabajadores del régimen privado perciben como gratificación la misma cantidad de su sueldo que percibió el mes anterior; es decir, si viene ganando el sueldo mínimo, en los meses de julio y diciembre percibirá por gratificación S/ 930.00 y por su sueldo S/ 930.00, haciendo en total 1 860.00 soles de ingreso bruto, más 9 % de su gratificación considerada como bonificación extraordinaria. Dicho importe la empresa deja de pagar a Essalud para entregarlo directamente al trabajador.

La gratificación fue legalmente establecida como un beneficio social en el primer gobierno de Alan García en el año 1998, mediante Ley n.º 25139, hasta ese entonces fue potestad de entregar por parte de los empleadores.

La gratificación en el sector privado equivale a un sueldo; mientras que el aguinaldo es de 300.00 soles»

¿QUIÉNES RECIBIRÁN LA GRATIFICACIÓN DE JULIO?

La gratificación la recibirán todos aquellos trabajadores del sector privado que se encuentren en planilla y que hayan laborado al menos un mes entre enero y junio del 2021. Recibirá la gratificación completa en caso de haber trabajado todo ese tiempo; de lo contrario, solo se le depositará la proporción por el tiempo trabajado.

¿AGUINALDO, QUIÉNES RECIBIRÁN?

Recientemente fue aprobado por el Ejecutivo el aguinaldo de Fiestas Patrias y Navidad. Se dio mediante el Decreto de Urgencia n.º 063-2021, publicado este lunes 12 de julio en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial «El Peruano».

Según la norma publicada, el aguinaldo correspondiente a Fiestas Patrias asciende a S/300 y será incluido en la planilla de pago del mes de julio. Los beneficiarios del aguinaldo son el personal del sector público y los pensionistas.

Las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad no se encuentran afectas a aportaciones y contribuciones, siendo el beneficiado el trabajador. Cabe recordar que las exoneraciones de tributos a las gratificaciones no modifica el costo laboral.

Para percibir este beneficio, los trabajadores del sector público deben cumplir ciertos requisitos como: primero estar trabajando al 30 de junio del 2021 o estar en uso de vacaciones o percibiendo subsidio de Essalud; y, segundo, estar trabajando al 30 de junio y tener al menos tres meses laborando.

El aguinaldo mísero es un insulto para los trabajadores bajo el régimen público, que realmente no alcanza ni para pagar la pensión de enseñanza de la escuela. En los años anteriores, el aguinaldo fue de 500.00 soles, pero en los últimos años se redujo a 300.00 soles.

Existe una gran diferencia en importes entre la gratificación y el aguinaldo. Esta brecha se debe ir cerrando de a poco de acuerdo con lo que se restablece la economía de nuestro país.

     
 

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