Chatarreo de vehículos internados en depósitos ya tiene reglamento
El Reglamento que Establece el Procedimiento para la Declaración de Abandono y Chatarreo de los Vehículos Internados en Depósitos Vehiculares fue publicado ayer por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
La norma tiene como fin evitar que los vehículos internados en los depósitos por infracciones al tránsito o al transporte –como no contar con Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) o prestar el servicio de transporte de personas o de mercancías sin contar con autorización otorgada por la autoridad competente– mayores de 15 años vuelvan a circular, considerando además la contaminación ambiental que genera.
El Decreto Supremo N° 016-2021-MTC publicado en «El Peruano», precisa que el propietario del vehículo tiene un plazo de 30 días para pagar la multa impuesta y retirar el vehículo del depósito. De no hacerlo así, la autoridad competente (gobiernos regionales, municipalidades, Sutran y ATU) podrá iniciar el procedimiento para declarar en abandono el vehículo y ordenar el posterior traslado a una entidad de chatarreo para su disposición final.
Así se permitirá a las autoridades mantener las vías públicas sin vehículos que tengan multas impagas, contar con mayor capacidad en los depósitos vehiculares y promover el retiro definitivo de los vehículos viejos del parque automotor, resaltó el MTC.
«Ello ayudará a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y contaminantes locales que afectan la salud pública, y contribuirá a la reducción de siniestralidad vial, mejorando así el sistema de transporte terrestre y la calidad del aire», agregó.
La entidad de chatarreo emitirá el respectivo Certificado de Destrucción Vehicular una vez que este haya sido compactado.