JNE a la espera de que JEE proclamen resultados electorales de segunda vuelta

En Huánuco el JEE ya archivó definitivamente diez solicitudes de nulidad de actas electorales presentadas por Fuerza Popular 

Una vez que los 60 Jurados Electorales Especiales (JEE) instalados en el país terminen la proclamación de los resultados del cómputo de los votos emitidos en la segunda elección presidencial en sus respectivas jurisdicciones, el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) suscribirá el acta de proclamación general de resultados de esta elección y entregará las credenciales a los integrantes de la fórmula presidencial elegida para el periodo 2021-2026.

Así lo precisó el máximo tribunal electoral que  refirió que el  miércoles 23 de junio los JEE empezaron a proclamar sus resultados electorales.

Ese día los JEE de Huamalíes y de Leoncio Prado del departamento de Huánuco proclamaron los resultados electorales de sus circunscripciones y declararon consentida el acta de proclamación el lunes último.

De las 21 quejas por denegatoria del recurso de apelación que presentó la personera legal de Fuerza Popular contra el JEE de Huánuco, el JNE ya resolvió diez declarándolas infundadas.

El JEE de Huamalíes tiene jurisdicción en las provincias de Huamalíes, Huacaybamba y Dos de Mayo, mientras que el de Leoncio Prado en las provincias de Marañón, Puerto Inca y Leoncio Prado.

De acuerdo con el portal de JNE, hasta anoche  31 JEE ya habían proclamado los resultados de votación de la segunda vuelta electoral.

Y entre los 29 JEE que faltan proclamar resultados se encuentra el JEE de Huánuco, que está a la espera de que el JNE termine de pronunciarse sobre los 21 recursos de queja que presentó Fuerza Popular en contra de las resoluciones que declararon improcedentes igual cifra de apelaciones contra las resoluciones que declararon improcedentes igual número de pedidos de nulidad de actas electorales.

De esas 21 quejas por denegatoria del recurso de apelación, el JNE ya resolvió diez declarándolas infundadas con los votos  de los magistrados Jorge Salas, Jovían Sanjinez y Jorge Rodríguez.

En contra votó el magistrado Luis Arce, aunque si bien coincide con el fundamento legal de sus tres colegas para declarar infundada la queja,  en su voto en singular alega que por «el escenario actual del proceso electoral» se le debe dar un día de plazo a Fuerza Popular «para que incorpore el pago de la tasa electoral» de su apelación y se le admita.

     
 

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