Bocángel, Kenji y Ramírez salvaron de la cárcel por decreto de Dina Boluarte

Corte Suprema confirmó condena de 4 años y 6 meses de pena privativa de la libertad para excongresistas fujimoristas, pero la modificó por suspendida a causa de norma publicada en noviembre

Salvado por el Ejecutivo. Ayer martes 9 de enero de 2024, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema ratificó la pena de 4 años y 6 meses de prisión contra los excongresista Kenji Fujimori, Bienvenido Ramírez y Guillermo Bocángel, este último elegido por Huánuco, por haber incurrido en tráfico de influencias en el caso ‘Mamanivideos’. Sin embargo, se salvaron de ir a prisión gracias a un Decreto Legislativo del Gobierno de la presidenta Dina Boluarte, publicado en noviembre de 2023.

Se trata del Decreto Legislativo 1585, que modifica diversos artículos del Código Penal para —dice el Ejecutivo— el deshacinamiento de los establecimientos penitenciarios. Entre otros, modifica los requisitos para que el Poder Judicial suspenda la ejecución de una pena privativa de la libertad efectiva.

Antes de que se promulgue dicha norma, la condena de prisión efectiva podía suspenderse cuando no superaba los 4 años. Cuando entró en vigencia la disposición del Gobierno, se elevó a 5 años.

El juez supremo Manuel Luján Túpez, ponente del caso, advirtió que el Decreto Legislativo 1585 fue emitido durante el trámite del recurso de apelación de Kenji Fujimori. Por lo que, en aplicación del principio de retroactividad benigna, la Sala Penal Permanente está en la obligación de aplicarlo.

Además de que la pena impuesta no supera los 5 años, el colegiado supremo ratificó lo dispuesto en primera instancia: que Kenji Fujimori y sus coacusados «carecen de antecedentes penales, su comportamiento no ha sido fugarse de la persecución penal o pretender hacerlo, no han realizado actos dilatorios u obstruccionistas, no se estableció que posean comportamientos antisociales ni registran antecedentes de este tipo».

«Lo anotado nos permite formar una prognosis favorable sobre la conducta futura de los condenados. (…) Se revoca el extremo que dispuso su efectividad y reformándolo se aplica la sanción de naturaleza suspendida y se fijan reglas de conducta de cumplimiento obligatorio», determinó el tribunal supremo.

De esta manera, el Gobierno de Dina Boluarte «ayudó» a Kenji Fujimori, quien en 2021 hizo campaña en contra de la plancha presidencial que la ahora jefa de Estado integraba junto al exmandatario Pedro Castillo.

Pero además de Fujimori, Bocángel y Ramírez fue también condenado el exasesor parlamentario del primero de los nombrados, Alexei Toledo Vallejos, a cuatro años de prisión suspendida.

La condena contra los exparlamentarios incluye también la inhabilitación por 18 meses para el ejercicio de cargos públicos y 400 días multa.

Este extremo del fallo obligaría a Guillermo Bocángel a dejar su cargo de rector de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco que asumió en septiembre del 2021 para un periodo de cinco años.

¿CUÁLES SON LAS REGLAS DE CONDUCTA QUE DEBERÁN CUMPLIR?

Prohibición de ausentarse del lugar donde reside sin autorización judicial.

Prohibición de portar armas o cometer nuevos delitos o causar disturbios o destrozos a los recursos naturales o patrimoniales o a la propiedad pública o privada.

Obligación de comparecer personal y obligatoriamente cada 3 meses al Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema para informar y justificar sus actividades.

Prohibición de realizar o instigar actos de vandalismo, destrucción de la propiedad pública o privada y ofender a personas naturales o jurídicas.

Obligación de realizar una obra social o de servicio comunitario comunal bajo la supervisión de la oficina de Medio Libre del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) de Lima.

Obligación de cumplir con el pago de la reparación civil de 500 000 soles.

Dicho monto debe ser cancelado de forma solidaria por todos los sentenciados.

El juez supremo Manuel Luján Túpez advirtió que el desacato de las reglas de conducta conllevará a que se aplique el artículo 59 del Código Penal, es decir, que se revoque la prisión suspendida y que, en consecuencia, sean ingresados a un centro penitenciario.

RECHAZO

La Sala Penal Permanente no accedió al requerimiento de la Procuraduría General del Estado de elevar la reparación civil a favor del Estado de 500 mil soles a un millón de soles. Determinaron que la entidad no brindó suficientes argumentos para modificar lo dispuesto por la Sala Penal Especial (primera instancia).

Tribunal Supremo tampoco accedió a los pedidos de Guillermo Bocángel para que se consideren las resoluciones del Tribunal Constitucional que ordenan la liberación del exdictador Alberto Fujimori ni la sentencia de amparo que anula, en primera instancia, la acusación constitucional del Congreso en su contra.

Colegiado supremo sí ratificó que los excongresistas Kenji Fujimori, Bienvenido Ramírez y Guillermo Bocángel incurrieron en tráfico de influencias reales en agravio del Estado. (Con información de Infobae)

     
 

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