Procuradora acusa parcialización de jefes del OCI del Gobierno Regional en caso de compra de volquetes
Kruspkaia Beraún formalizó denuncias por irregularidades en licitación y recepción de vehículos a cargo de la Dirección Regional de Transportes
Para la procuradora anticorrupción, Krupskaia Beraún Aguirre, los jefes del OCI (Órgano de Control Institucional) del Gobierno Regional desde agosto del 2023 a la fecha, habrían tenido un accionar «parcializado» al no disponer que se realice, desde el inicio, el control concurrente al proceso de compra de maquinaria pesada para la Dirección Regional de Transportes, entre ellos los volquetes Man.
El cuestionamiento ha quedado plasmado en la denuncia que presentó ante el Cuarto Despacho de la Fiscalía Anticorrupción a cargo del fiscal Iván Carrión.
Krupskaia Beraún dirigió dicha denuncia en contra de los que resulten responsables por el presunto delito contra la administración pública en la modalidad de negocio incompatible en agravio de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huánuco.
Sostiene «que se habrían cometido irregularidades por parte de funcionarios y servidores públicos de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Huánuco en la etapa de observaciones e integración de bases, en la etapa de Admisión y calificación de ofertas, en la etapa de suscripción del contrato y en la etapa de la ejecución del contrato».
En su escrito le pide al fiscal «se sirva iniciar la investigación y realizar las diligencias preliminares que el caso amerita, a fin de que oportunamente se halle la responsabilidad penal de los denunciados y, conjuntamente con la sanción que les corresponde, restituyan —según sea el caso— el patrimonio del Estado y cumplan con resarcir los daños con el pago de la reparación Civil».
SIN CARTA FIANZA
Un primer hecho que la procuradora ha calificado como irregular es que el Comité de Selección haya decidido —ante la observación de la Empresa Sigma Equipment del Perú S.A.C.— no exigir la presentación de la carta fianza al postor ganador y en cambio optó por la retención del monto total de la garantía alegando el numeral 9.1 del art. 9º del D.L. n.º 1553-2023.
«Al respecto, lo acogido por el comité de selección resultaría en irregular, por cuanto para la adquisición de vehículo no sería de aplicación el D.L. Nº 1553-2023, lo que resultaría en beneficio de los potenciales postores», sostiene Kruspkaia Beraún que además señala que a la firma del contrato ningún funcionario observó la irregularidad.
SIN PLANTA DE FABRICACIÓN
Otro hecho que sería irregular, es que los integrantes del Consorcio Soluciones de Infraestructura se adjudicaron la buena pro sin cumplir el requisito exigido en la página 25 de las Bases Integradas del proceso: tener autorización de planta para la fabricación, ensamblaje, montaje o modificación de vehículos de transporte terrestre.
Además, el Comité de Selección admitió y calificó la oferta de dicho consorcio a pesar de que solo presentó una declaración jurada de cumplimiento de las especificaciones técnicas.
«El accionar de los miembros del Comité de Selección transgrede la normativa aplicable. (…) de acuerdo al Anexo II Definiciones, del Reglamento Nacional de Vehículos, modificado por el D.S n. 019-2018 MTC: «65) Representante autorizado del fabricante en el Perú: Es aquella persona natural o jurídica con domicilio legal y fiscal en el territorio nacional, que tenga suscrito con un fabricante de determinada (s) marca (s) vehicular (es) un contrato o convenio u otro documento que acredita la representación comercial en el Perú. El representante ejerce las facultades de emitir autorizaciones de montaje, ensamblaje y/o modificaciones, de presentar declaración jurada de cumplimiento de requisitos técnicos y otras establecidas en el presente Reglamento, salvo que el representante los hubiera excluido», sostiene la procuradora al sustentar su denuncia.
CON MÁS KILOMETRAJE
Otro hecho irregular para la procuradora es que la Dirección Regional de Transportes recibió algunos volquetes con kilometrajes superiores a los establecidos como máximos para que un vehículo se considere nuevo.
Si bien sobre estos hechos hay dos informes del OCI del Gobierno Regional: el Informe Hito de Control n.º 001-2024 y el Informe de Control Concurrente n.º 014-2024, la procuradora los cuestiona porque «no fueron concluyentes, dejando en la incertidumbre si los vehículos, por el recorrido que presentan son nuevos o no lo son, cuando la Contraloría podría pedir al MTC el acceso al Registro Nacional de Homologación Vehicular y determinar objetivamente la condición o estado de cada uno de los vehículos y determinar si cumplen con los requisitos técnicos» y por «no evidenciar ni revelar los hechos irregulares en las distintas fases del proceso de compra con potencial efecto económico en perjuicio del Estado, permitiendo que los funcionarios intervinientes e involucrados en la presente, cometan presuntamente actos de corrupción», apunta.
«Es evidente la intervención tardía y el accionar parcializado de los jefes del OCI del Gobierno Regional Huánuco que estuvieron entre el periodo de agosto de 2023 hasta la fecha, al no disponer la intervención con el control concurrente, desde la elaboración del expediente técnico, toda vez que por su naturaleza es relevante y tiene carácter de urgente, más aún cuando Contraloría dispone de un presupuesto de 527 782.68 soles, para el desarrollo del control concurrente, por lo que debieron intervenir en todos los ítems que hacen un total de S/ 81 133 373.96 soles, y no focalizarse solo en un proceso de compra», señala Kruspkaia Beraún en su denuncia ingresada a la Fiscalía.