Controversia de la Ley de la Amazonía

Josué Canchari de la Cruz
Docente Fac. de Ciencias Contables y Financieras – Unheval

Hace un cuarto de siglo, la ciudad de Huánuco se sumió en un paro indefinido clamando al gobierno su inclusión en la Ley de la Amazonía. Finalmente, el eco de este reclamo llegó a oídos del poder gubernamental y se consideró a Huánuco junto con algunos distritos específicos previamente ignorados dentro del marco de la ley.

Si bien el Estado promueve el desarrollo sostenible en la Amazonía, estableciendo condiciones para la inversión pública y privada, la realidad dista mucho de la retórica. Aunque el artículo 69 de la Constitución Política del Perú dicta que «el Estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonía con una legislación adecuada», la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía (Ley n.° 27037 del 30.12.98) deja mucho que desear en cuanto a sus efectos reales, especialmente en lugares como Huánuco.

La ley en cuestión otorga beneficios tributarios como la reducción de la tasa anual de Impuesto a la Renta y la exoneración del pago del Impuesto General a las Ventas (IGV), pero estos beneficios son limitados y solo aplican a ciertas zonas, excluyendo a Huánuco y otros lugares no considerados como selva baja. Esto plantea la pregunta: ¿realmente la Ley de Amazonía beneficia a quienes debería?

Las empresas que se benefician de la ley son aquellas que operan dentro de la zona designada como Amazonía, adquiriendo bienes y servicios sin IGV. Sin embargo, la mayoría de las empresas en Huánuco que comercian bienes gravados con IGV no ven ningún beneficio tributario, e incluso pueden terminar pagando más impuestos que aquellas que no están bajo la ley.

¿A QUIÉNES REALMENTE BENEFICIA LA LEY DE AMAZONÍA?

La Ley de Amazonía otorga beneficios a empresas involucradas en la extracción, transformación, comercialización y prestación de servicios dentro de la zona designada. Estos beneficios se aplican cuando estas empresas adquieren bienes y servicios sin el Impuesto General a las Ventas (IGV) dentro de la región amazónica. Sin embargo, la realidad es que la mayoría de las empresas en Huánuco que comercian bienes gravados con IGV fuera de esta zona no se benefician de la ley. En muchos casos, estas empresas no solo no reciben ningún alivio tributario, sino que pueden terminar pagando más IGV que aquellas que no están bajo el amparo de la Ley de la Amazonía. Este problema surge debido a aspectos técnicos y normativos que resultan en una carga tributaria mayor para algunas empresas.

Ejemplificando esta situación, cuando pagamos por servicios como la energía eléctrica el recibo incluye un 18 % de IGV debido a que la empresa opera fuera de la zona amazónica. Por otro lado, cuando pagamos por servicios como el agua potable a la empresa Seda Huánuco, que invierte principalmente en mano de obra no gravada con IGV, los consumidores finales no asumen ese 18 % en su recibo, lo que constituye un claro beneficio para ellos.

La mayoría de las empresas en Huánuco son comerciales y adquieren bienes gravados con IGV. Esto hace que, en la práctica, sea indiferente para ellas vender con o sin el IGV consignado, ya que el precio final siempre será el mismo. Algunas empresas, por desconocimiento, facturan aumentando un 18 % al impuesto ya incluido, lo que perjudica a los consumidores finales al pagar doble IGV.

La complejidad técnica y normativa a menudo conduce a que algunas empresas terminen pagando más impuestos de lo debido, mientras que los consumidores finales pueden verse afectados al pagar doble IGV en ciertos casos.

Es evidente que la aplicación de la Ley de la Amazonía en Huánuco plantea desafíos y preocupaciones significativas. En lugar de beneficiar a las empresas y a la comunidad en general, puede generar más confusión y desigualdad tributaria.

Por tanto, sería prudente considerar la exclusión total de Huánuco de la Ley de la Amazonía, siempre y cuando el gobierno central se comprometa a ejecutar obras importantes en la región, como el asfaltado de carreteras y el mejoramiento de la infraestructura vial que son vitales para el desarrollo y bienestar de la comunidad huanuqueña.

     
 

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