Ordenan al JEE de Huánuco continuar inscripción de candidato Joel Cruz

Al declarar fundado el recurso de apelación presentado por el personero legal titular del partido político Avanza País, Paolo Ricardo Pastrana Salinas,  el Jurado Nacional de Elecciones ordenó al Jurado Electoral Especial de Huánuco continuar con el trámite de inscripción de la candidatura a la alcaldía provincial de Huánuco de Joel Cruz Gutiérrez.

La resolución emitida por el máximo tribunal electoral revoca la Resolución n.° 00195-2022-JEE-HNCO/JNE, del 20 de junio de 2022 en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción de Joel Cruz porque no acreditaba sus dos años de residencia en la jurisdicción de la provincia de Huánuco al ser alcalde en ejercicio del distrito de San Rafael en la provincia de Ambo.

Los magistrados del JNE concluyeron que Cruz sí acredita residencia en la provincia de Huánuco.

«De los actuados se advierte que el señor candidato tiene domicilio en el caserío de Goyma – Los Milagros, centro poblado de Chullqui, distrito de Churubamba, provincia y departamento de Huánuco, desde el 27 de abril de 2015, lo cual se acredita mediante la escritura pública de compra-venta imperfecta de un lote de terreno ubicado en la referida

jurisdicción y la constancia de posesión del predio suscrita por el presidente del referido caserío, que hace constar la vinculación permanente y pacífica del señor candidato y su cónyuge al predio de su propiedad desde el 2015.

2.6. Adicionalmente, el señor candidato demuestra tener arraigo, interés y actividades habituales en la provincia de Huánuco mediante copias certificadas de diversas actas de participación en asambleas organizadas por el presidente del caserío de Goyma (…) en los años 2018 y 2019. Aunado a lo anterior, el señor candidato acredita actividades familiares habituales en la provincia de Huánuco a través del documento nacional de identidad de sus tres menores hijos, según los cuales domicilian dentro de la provincia de Huánuco. Asimismo, presenta las constancias de estudio de dos de sus menores hijos en la I.E.I.P. Von Nuemann-Crespo Castillo en donde realizan estudios desde el 2017 y 2020.

2.7. Así, se evidencia que el señor candidato realiza actividades continuas y habituales en la provincia de Huánuco en los términos definidos en la Resolución N.º 2418-2018-JNE5, por lo que en conjunto con las actividades mencionadas en los considerandos precedentes generan certeza respecto de su domicilio en la jurisdicción en la que postula…», se lee en la resolución.

     
 

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