Procesado por feminicidio y parricidio es condenado a 30 y 25 años

Luis de la Vega Bados fue condenado a 30 y 25 años de pena privativa de la libertad por el feminicidio de su esposa y parricidio de su menor hija, respectivamente. El doble crimen fue perpetrado el 3 de mayo del año 2021 en el jirón Aguilar 564, donde está la vivienda que los tres ocupaban.

Detalles de la decisión de los jueces del Juzgado Penal Colegiado Transitorio Supraprovincial de Huánuco se conocerán en una próxima audiencia, pero el fallo fue dado a conocer el viernes  por los jueces Irma Chamorro Portal, Franklin Fano Rivera y Walter Valle Roque.

«…concluido el debate probatorio y pasado a la deliberación correspondiente luego de haber realizado la valoración del caudal probatorio, en forma individual y conjunta, el juzgado colegiado ha llegado al convencimiento pleno que se ha enervado la presunción de inocencia y acreditado la responsabilidad penal del acusado Luis de la Vega, en los delitos de feminicidio y parricidio en agravio de las víctimas Iveth Rodríguez y la menor Ximena de la Vega», indicó el juez Fano Rivera.

En su calidad de director de debate el magistrado leyó algunos de los argumentos por los que condenaban a De la Vega por el delito de feminicidio.

En juicio oral, un perito médico y dos médicos legistas descartaron que Iveth Rodríguez se haya suicidado, como lo afirmaba el ahora sentenciado. Los galenos sostuvieron asimismo que las lesiones sufridas por la víctima, degüello y otras, fueron ocasionadas por terceras personas.

En el caso del parricidio, para los magistrados no existen pruebas  directas contra Luis de la Vega, pero señalaron que llegaron a una conclusión al realizar una «valoración de la misma a partir de indicios permitida por nuestra normativa procesal y jurisprudencia acreditada respecto a la realización de la prueba indiciaria que señala el Código Procesal Penal».

Para los jueces, un detalle indiciario son los celos que sintió De la Vega cuando descubrió que Iveth le era infiel con Raúl Yachachin a quien incluso agredió para luego  el acusado con su hija y conviviente, mediante amenazas, dirigirse a su departamento donde la golpeó físicamente, según los mensajes que la agraviada envió a su hermana.

La presencia del imputado en la escena del crimen es otro indicio para los jueces. Según Luis de la Vega, al llegar e ingresar a su departamento vio a su hija echada en la cama, «tenía sangre, la cargué , salí  corriendo hasta la puerta, le hablaba y me dí cuenta que estaba muerta, lo único que hice fue dejarla en el mueble».

Y sobre Iveth dijo que no se percató si estaba con vida, solo la vio que estaba tirada en el piso y no se movía.

Incluso dijo que tenía una pequeña mancha de sangre en la manga de su  casaca y que era de lo que cargó a su hija. «Lo que nos hace inferir que no se percató, no tocó a la occisa Rodríguez Falcón», dicen los jueces.

Sin embargo, las sospechas contra Luis crecen porque —según su propia hermana y su cuñado— la cabeza de Iveth estaba junto a la puerta de la habitación y que para ingresar tuvieron que mover el cuerpo y empujar la puerta. Similar versión tuvo uno de los policías que intervino.

Entonces, los jueces se preguntan: «¿Si la cabeza de Iveth estaba junto a la puerta de ingreso a la habitación y esta se  abre por dentro cómo es que el acusado ingresó y sacó a su menor hija de la habitación?»

«Para la judicatura este dato es relevante y que desacredita la versión del acusado Luis de la Vega, ante la incoherencia de su relato y postula más bien la tesis de que cuando llegó al departamento ambas victimas se encontraba con vida y fue el quien las victimó», señalan.

Sumado a ello, la perito bióloga Eva Ruiz explicó en juicio que se halló sangre de Iveth en la manga de la casaca del acusado.

Otro indicio de que De la Vega Bados cometió el doble crimen es su carácter violento, tanto por la agresión a Raúl Yachachin poco antes de la muerte de la madre e hija.

El perito psicólogo que evaluó al sentenciado concluyó  que presenta rasgos de personalidad ansioso esquisoide, dependiente y antisocial, presenta un patrón general del desprecio y violación de los derechos de los demás, irritable, deshonesto y agresivo, sindicado por mentir repetidamente…

Ante estos y otros considerandos, los miembros del Juzgado Penal Colegiado Transitorio Supraprovincial decidieron condenarlo a 30 años de pena privativa de la libertad por el delito de feminicidio y consideraron que no le corresponde cadena perpetua al no concurrir dos o más circunstancias agravantes como el que su menor hija habría presenciado la muerte de su madre, pues según la hipótesis fiscal es que la niña fue victimada antes que su madre.

En el caso de parricidio, los jueces también consideraron que tampoco habría circunstancia agravantes. Por este delito lo condenaron a 25 años de pena privativa de la libertad.

El sentenciado que se ganaba la vida como prestamista, según los jueces, cometió un concurso real de delitos cuya sumatoria es de 55 años, lo cual supera el límite mínimo legal, por lo que le impusieron 35 años de prisión.

Fijaron también el monto de la reparación civil en 300 mil soles.

APELACIÓN

Tras conocer el fallo condenatorio, el abogado del sentenciado, Floresmilo Fretel, anunció que presentará recurso de apelación «porque no hemos encontrado pruebas que vinculen enfáticamente a mi defendido», dijo.

Tampoco coinciden las muestras de piel que se tomaron de las uñas del presunto asesino; pues la fallecida Iveth tenía rasguños en sus brazos, producto del forcejeo antes del crimen. «El asesino necesariamente debe tener rastros de piel en las uñas, pero se investigó y resulta que no corresponden ni a ella, ni a la niña».

«En conclusión, hay una serie de deficiencias [en la investigación] que han repercutido en la sentencia. Se ha vulnerado el derecho a la prueba. La sentencia es arbitraria», sostuvo.

     
 

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