Regidores rechazan vacancia de la alcaldesa Diana Plejo

Los regidores de Pillco Marca rechazaron la solicitud de vacar a la alcaldesa Diana Plejo Carrillo por nepotismo. El teniente alcalde, Juan Romero Aquino, anunció que apelará esta decisión ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Tras casi tres horas de sesión, en las que solo expusieron los abogados de la alcaldesa y del regidor, votaron seis de los siete regidores, ya que Romero y Plejo no votan por ser los involucrados en el proceso de vacancia. Todos los concejales rechazaron el pedido de vacancia.

Como se recuerda, el pedido de vacancia se presentó luego de que la Municipalidad de Pillco Marca contrató a la empresa del tío de Diana Plejo para vender insumos de jardinería por el monto de 245 soles. El monto se devolvió a la comuna.

Pero esta contratación, según Romero Aquino, constituiría nepotismo, lo cual es causal de vacancia establecida en la Ley Orgánica de Municipalidades. Otra causal de vacancia, alega, sería por desobedecer las restricciones de contratación de las autoridades municipales.

Pero el abogado de Diana Plejo, Alberto Peña Bernal, argumentó que no se configura el delito de nepotismo, ya que este solo se aplica cuando se contrata a un familiar para trabajar en la entidad, y en este caso, se contrató a un familiar para proveer bienes.

También alegó que la causal de vacancia por las restricciones de contratación no procede porque solo aplica hasta el tercer grado de consanguinidad, mientras que el tío de Diana Plejo es de cuarto grado.

Con esos argumentos, todos los regidores votaron en rechazo a la vacancia solicitada por Romero Aquino. Él anunció que la próxima semana presentará su apelación ante el JNE.

ACUSA «VACANCIA ORQUESTADA»

«Lo que ha sucedido en mi contra es algo que han venido preparando», declaró, con la voz quebrada, la alcaldesa Diana Plejo después de que los concejales decidieron no aceptar su vacancia.

Y es que para la alcaldesa es extraño que los servidores de la comuna haya invitaron a su tío para proveer insumos de jardinería por solo 245 soles. «Si uno revisa en las gestiones anteriores, él tiene contratos por 10 mil, por 15 mil; ha sido proveedor por años», sostuvo Plejo.

La alcaldesa agregó que «estas cosas desestabilizan y dañan la imagen; yo le diría al regidor que las cosas que viene haciendo no son fiscalización; es confundir a la población y dañar mi imagen como mujer».

Su abogado, Peña Bernal, acusó que el primer regidor busca llegar a la Alcaldía Distrital, ya que si prospera su pedido de vacancia él se convertirá en alcalde. «¿Ustedes creen que la alcaldesa pondría en riesgo su cargo por 245 soles?», se preguntó.

Recordó que el primer regidor está siendo investigado por la presunta falsificación de la firma del ciudadano Alejandro Janampa García en una solicitud de vacancia contra Plejo en diciembre del año pasado. Janampa se desistió de ese pedido y denunció que falsificaron su firma en el escrito.

El regidor lo niega. «El señor Janampa ya ha ido a declarar a la Fiscalía y no ha podido responder nada, ya ha dicho que nunca me ha visto; el señor está perdido», dijo Romero y adelantó que tomará acciones legales contra el ciudadano.

JNE RESUELVE EN ÚLTIMA INSTANCIA

Los procedimientos de  vacancia de alcaldes o regidores son necesariamente resueltos en primera instancia por los gobiernos locales correspondientes, conforme lo regula la Ley Orgánica de Municipalidades, precisó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

La vacancia es declarada por el concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto favorable de dos tercios del número legal de sus integrantes. Tanto la autoridad cuestionada como él o la solicitante de la vacancia deben ser notificados a efectos de que ejerzan su derecho de defensa.

El acuerdo de concejo que aprueba o rechaza la solicitud de vacancia se notifica a las partes, las cuales  pueden presentar un recurso de reconsideración dentro del plazo de 15 días hábiles perentorios ante el respectivo concejo.

La decisión respecto del recurso de reconsideración es susceptible de apelación. Este se interpone, a solicitud de parte, ante el concejo municipal dentro de los 15 días hábiles siguientes, el cual elevará los actuados en el término de tres días hábiles al JNE, que resolverá en un plazo máximo de 30 días hábiles. Esta resolución es definitiva y no revisable en otra vía.

     
 

Deja una respuesta