Sentencian a exalcalde de Ambo por cobro indebido

A un año y cuatro meses de pena privativa de la libertad suspendida por un año bajo reglas de conducta fueron sentenciados por el juez anticorrupción Luis Pasquel Paredes, el exalcalde de la Municipalidad Provincial de Ambo, Benancio Santiago Palacios, y su entonces gerente municipal Víctor Hugo Hidalgo Tolentino, al ser considerados autores del delito contra la administración pública – Delitos cometidos por funcionarios públicos en la modalidad de cobro indebido, en agravio de dicha municipalidad.

Además, ambos condenados estarán inhabilitados por ocho meses para ocupar cualquier cargo público por elección o designación y deberán pagar en forma solidaria la suma de 7 832 soles de reparación civil a favor de la Municipalidad de Ambo.

HACE DIEZ AÑOS

El caso de Benancio y Víctor se remonta al año 2011, cuando, a pedido del Sindicato Único de Trabajadores de la Municipalidad Provincial de Ambo  (Sitramun) se conforma la Comisión Paritaria para tratar el aumento salarial para los trabajadores de dicha municipalidad.

La Comisión Paritaria constituida por resolución de alcaldía firmada por Benancio estaba integrada  por, entre otros, Víctor Hidalgo y el asesor legal municipal Joel Alberto Zevallos Maíz.

En diciembre del 2011 esa comisión acuerda incrementar 200 soles las remuneraciones de las planillas únicas de los trabajadores de la municipalidad, y asignar la bonificación de 200 soles  por el Día del Trabajador Municipal a partir del siguiente año: 2012.

En enero del 2012, Benancio emite la Resolución de Alcaldía 012-2012  aprobando el incremento de remuneración para los trabajadores municipales y funcionarios.

Aquí surge el problema legal. De acuerdo con la sentencia emitida por el juez Luis Pasquel que cita el Informe Legal n.º 488-2012 del 12 de diciembre del 2012 de Servir, «los efectos de un convenio colectivo [que es el caso de lo aprobado por la Comisión Paritaria] no alcanzan a los funcionarios con poder de decisión o que desempeñaban cargos de confianza, encontrándose excluidos del derecho de sindicalización».

Después que la Fiscalía empezó a investigar  en julio este cobro indebido de los funcionarios de la Municipalidad de Ambo en julio del 2012, el mismo Benancio emitió dos  memorándum en setiembre ordenando primero la suspensión del pago de escolaridad, Fiestas Patrias, Navidad y Día del Trabajador Municipal a sus funcionarios de confianza; y luego pidiendo a Tolentino que los funcionarios devuelvan el dinero que recibieron indebidamente por negociación colectiva.

Pero para el 31 de julio, el entonces alcalde Benancio ya había devuelto a la municipalidad lo que  había cobrado indebidamente: 2 692.66 soles. Lo hizo en dos partes, primero 2000 y luego 692.66

El gerente municipal Víctor Tolentino también devolvió en dos partes los 2 737 soles cobrados indebidamente. Lo propio hicieron los otros funcionarios, aunque con montos menores.

En diciembre del 2012, con la investigación en marcha en su contra, el alcalde Benancio anuló en parte su Resolución n.º 012.2012 y  estableció que los Acuerdos Paritarios adoptados en la Negociación Colectiva para el ejercicio fiscal 2012 entre la Municipalidad de Ambo , benefician solo a los servidores que están en planilla única de pagos, «a excepción de los funcionarios que no hacen carrera administrativa».

Un peritaje del perito contable Esteban Naupay Pérez del año 2014 concluyó que no se devolvieron a la Municipalidad de Ambo 7 832.16 soles pagados indebidamente a funcionarios de confianza: Marco Antonio Fernández Celadita, Ernesto Ramos Calixto, Dangelo Pacheco Trujillo, Miguel Ángel Cabrera Salazar, Jorge Luis Arteaga Flores y Edwin Román Vásquez.

Precisamente ese es el monto que ambos condenados deberán pagar por reparación civil.

Con los argumentos y medios probatorios expuestos por la fiscal Yesica Evangelista Silvestre, el juez anticorrupción concluyó que Benancio Santiago y Víctor Hidalgo «al suscribir la cuestionada resolución, consignando datos falsos, en cuanto a que el incremento siempre mencionado de doscientos soles era también para los funcionarios, cuando de los acuerdos arribados con el Sindicato Único de Trabajadores de la Municipalidad Provincial de Ambo, no se dice nada al respecto, han inducido a engaño a las demás unidades de gestión para que autoricen cada uno en su dependencia este pago irregular, incluyéndolo en la planilla y posterior abono del monto a cada uno de los funcionarios».

Y así los encontró responsables del delito de cobro indebido previsto en el artículo 383 del Código Penal.

En cambio, absolvió de la imputación fiscal al abogado Joe Zevallos Maíz, a quien —dice el juez— no es posible atribuirle responsabilidad penal como cómplice de Benancio y Tolentino porque en enero del 2021 dejó de laborar en la Municipalidad de Ambo.

La sentencia será ejecutada una vez que quede consentida, según lo ordena el juez.

     
 

Deja una respuesta