Piden apartar a jueza de caso de desalojo planteado por la GUE Leoncio Prado
El ciudadano Luis Augusto Llanos Agüero ha formulado recusación contra la jueza del Segundo Juzgado Civil de Huánuco, Juana Silva Cercedo Falcón, para que sea apartada del proceso que tiene con la Junta de Bienes de la Gran Unidad Escolar Leoncio Prado por desalojo del inmueble que ocupa en la cuadra 10 del jirón Dos de Mayo.
Para sustentar su pedido, Llanos Agüero alega «enemistad» de la jueza con él e invoca el numeral 1 del artículo 307 del Código Procesal que prescribe que es causal de recusación del magistrado cuando «es amigo íntimo o enemigo manifiesto de cualquiera de las partes, demostrado por hechos inequívocos».
«Es el caso que en la presente litis de desalojo por ocupante precario, instaurada temerariamente en contra mía por la Junta de Administración de los Bienes Inmuebles del Colegio Nacional Leoncio Prado, se han ido dando consecutivamente una serie de hechos inequívocos por parte de la magistrada Juana Cercedo Falcón, que no hacen más que demostrar la manifiesta y total enemistad de la misma para con el recurrente», dice en su escrito ingresado al Segundo Juzgado Civil el lunes último.
Entre esos hechos —detalla— que haya admitido la demanda sin valorar que el presidente de dicha Junta, Julio Chávez, notificar resoluciones sin otorgar el plazo de ley para impugnarlas y no suspender la audiencia única aduciendo no creer que la Sala ampare el pedido de Llanos de que esta se suspenda.