La usurpadora y la ley de la impunidad

Carlos Tucto Rodil
Abogado e investigador social

1.- LA USURPADORA VA A PROMULGAR LA LEY DE «PRESCRIPCIÓN». La usurpadora Dina va a promulgar la llamada «ley de prescripción», que en realidad es de la impunidad. Con tozudez y apelando a las pocas neuronas que tienen los derechistas como el oportunista Fernando Rospigliosi, los marinos Cueto y Montoya, otros congresistas, abogados de «élite», el «alias defensor del pueblo» y por supuesto la acusada Keiko Sofía Fujimori Higuchi, van a beneficiar al genocida Alberto Fujimori y otros. En primera votación del pleno fue aprobado el proyecto de ley, y en segunda votación por la Comisión Permanente fue también aprobado con 14 votos. De acuerdo al Art. 55   de la Constitución Política, los tratados celebrados por el Estado y en vigor forman parte del derecho nacional. Así, entonces: A) El estatuto de Nuremberg en el Art. 6 inciso «c» prescribe que el asesinato, entre otros, a la población civil, constituyen crímenes contra la humanidad. B) La Convención Americana sobre Derechos Humanos sobre los derechos a la vida e integridad en los Arts. 4 inciso 1 y 5 incisos 1 y 2. C) La sentencia al genocida Alberto Fujimori considera el asesinato calificado y las lesiones graves imputados, crímenes contra la humanidad, según el considerando 823 epígrafe II segundo párrafo, página 706. Además, la Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene jurisprudencia uniforme al respecto. De manera que, lo aprobado deleznablemente por 14 miembros de la Comisión Permanente del Congreso no es aplicable, máxime que no hay ningún antecedente similar a esta postura aberrante. El propio Juez César San Martín Castro, en el considerando 711 de la aludida sentencia condenatoria anota: «Las disposiciones indicadas … bajo el ámbito esencial del Estatuto de Nuremberg, en tanto forman parte del Derecho Internacional consuetudinario y se configuran antes de los hechos de Barrios Altos y la Cantuta, son plenamente aplicables para la labor de subsunción …» y en la cita número 1023 referenciando a Elizabeth Salmón acota «que la protección jurídica de los derechos de las personas no se agota en la jurisdicción interna o estatal, sino que se complementa y ciertamente se potencia con las normas de derecho internacional. El Tribunal Constitucional en la sentencia del del 12-5-2003 ha consolidado la jerarquía suprema de las normas de derecho internacional que inciden en ese ámbito …, que para su aplicación no requiere de un reconocimiento adicional en el derecho nacional (…) La concurrencia de estas circunstancias (ataque generalizado o sistemático contra la población civil o parte de ella),  a su vez justifica la perseguibilidad internacional, la improcedencia de la prescripción …, por sus características constituyen crímenes contra la humanidad…». El juez César San Martín, ha mencionado que la sentencia contra Alberto Fujimori no consigna expresamente que los delitos cometidos por él son de lesa humanidad. Es un chiste de mal gusto tal expresión, a lo que contestamos que entonces no es un delito o crimen contra la humanidad el asesinato calificado, entonces si no es de lesa humanidad, ¿Será un delito común o uno cualquiera? Estamos preguntándole al experto en Derecho Procesal Penal, pero no tiene gran nivel en Derecho Penal, por una razón elemental: en el caso del profesor Pedro Castillo considera que hay rebelión de parte de él, haciendo una interpretación antojadiza o citando autores extranjeros que no sirven para nuestro país; además arguye que dicho profesor ha estado en cuasi flagrancia, con esta expresión quiere erigirse en legislador sui géneris, porque la Constitución Política en el artículo 2 inciso 24, letra «f», no contiene la palabra cuasi, sino puramente flagrancia. En la sentencia en contra del japonés Alberto Fujimori del 7-4-2009 con 708 folios, del contexto se puede colegir que los crímenes contra la humanidad son equivalentes a «lesa humanidad». De manera que, su promulgación va a conseguir que el Perú sea un paria internacional, con consecuencias negativas. Las conveniencias personales y los intereses de grupo de los congresistas y politiqueros están destruyendo nuestro país, están haciendo lo que les da la gana.

2.- EL ABOGADO QUE LE ACONSEJA A SU PATROCINADO A QUE MIENTA. Nosotros optamos que no debe aconsejarle que mienta. Nos ha ilustrado la obra del jurisconsulto español Ángel Osorio y Gallardo, quien publicó la magnífica obra «El Alma de la Toga». Tiene una vigorosa fundamentación, pues es absurdo que el abogado o la abogada de un imputado le aconseje que mienta, entonces cometería lo del artículo 409-A del Código Penal: obstrucción a la justicia. Es impresionante la actitud del magistrado supremo César San Martín Castro, es decir este autor de libros de Derecho Procesal Penal, ha involucionado, es decir ha ocurrido en él un retroceso, que ha mezclado con la política cuestionable. Varios autores y personajes ilustres han hecho lo mismo: el historiador Pablo Macera, quien después de ser un crítico contra la derecha, se vendió al fujimorismo del genocida Alberto Fujimori, por necesidades económicas (consideramos que en este sistema capitalista con la modalidad de salvaje y neoliberal crea este tipo de personas, alienándolo, impresionado por las comodidades y opulencias que le reporta el dinero). Otro que, enajenando sus ideas, hizo lo mismo para alienarse con los nazis de Hitler, el filósofo Martín Heidegger. También el penalista italiano Enrico Ferri quien claudicó de su posición ideológica y empezó a ayudar a los fascistas italianos, en contra de los intereses populares. Y así hay otros personajes famosos, incluyendo en la política como el que traicionó el legado de José Carlos Mariátegui La Chira, el innombrable Eudocio Ravines, quien, después de la muerte de aquél en 1930, se sumó a la Central de Inteligencia Norteamericana, primero reservadamente. Y así hay muchos otros que nos relevan de citarlos. Consideramos que, el abogado (a) que dolosamente aconseja a su patrocinado a que mienta, se hace acreedor a reproche penal; por eso mismo esta colega abogada está comprendida también como acusada. Referente al dinero recibido por parte de diversas personas, como Jorge Barata, Dionisio Romero, entre otros, por sentido común y aplicando la lógica inductiva, si alguien le entrega dinero u otro bien valioso, nunca por nunca se puede considerar que tal entrega es por altruismo, tal es así que nadie da nada por gusto, ya que siempre lo hace con el fin de obtener oportunamente una contraprestación jugosa. Así funciona el sistema capitalista, máxime si es salvaje, con el modelo neoliberal, con avidez para las ganancias, utilizando cualquier medio para obtenerlas, ha ocurrido una deshumanización, ese neoliberal se ha convertido en un grandísimo individualista y materialista, conforme lo condena el Papa Francisco.

Los abogados metalizados, por los suculentos pagos de su cliente, son capaces de vender su alma al diablo (incluyendo el «almita» que relata Ricardo Palma en una de sus «Tradiciones Peruanas»).

 3.- LA INSURGENCIA NACIONAL: En los últimos días, diversas personalidades están convocando: – El Fiscal de la Nación; – Marianella Ledesma; – El periodista César Hildebrandt; – La excandidata presidencial Verónica Mendoza; entre otros, a llevarse a cabo los días 19, 27, 28 y 29 de julio de 2024. Por otro lado, Amnistía Internacional culpa a la usurpadora como autora mediata.

ACTUACIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL

Lo que preocupa es la actuación de la Policía Nacional, que, con su formación de espíritu nazi, de «muera la inteligencia», han empezado a detener a las personas, entre las cuales hay comunicadores sociales, como han hecho con la reportera de «Quinto Poder», de Luz Bazalar, Ana Castro, solamente por cubrir las secuencias del juicio oral contra K, y la persecución contra personas que pegaban carteles contra la dictadura Congresal y del Ejecutivo (Hay todavía encarcelados manifestantes y otros). Esta gente tiene animadversión a la lectura, lo que hemos criticado, por lo que algunos policías se sintieron ofendidos, dando a entender que somos enemigos de la Policía, no, lo que sí somos enemigo de la policía coimera, de los abusivos con espíritu nazi; somos amigo de los policías honrados. Queremos que la Policía sea amigo, colaborador del ciudadano común, que sus intervenciones sean respetando los derechos humanos; por eso, en la Escuela de Policía deben llevar de principio a fin, cursos sobre derechos humanos. Debe haber una refundación de la Policía.

ACTUACIÓN DE LA FISCALÍA

El Fiscal de la Nación Juan Carlos Villena Campana ha reiterado que la población tiene derecho a la insurgencia. Pero, estas palabras no los va a entender ni quieren entenderlas la Policía, en la práctica los manifestantes van a ser carne de cañón, máxime si la propia fiscalía al recibir el informe policial abre investigación preliminar, sin que esa apertura tenga sustento razonable, conforme el juez le ha devuelto la documentación a la fiscalía. El fiscal no debe ser clasista ni racista y que los casos no sean kafkianos. 

4.- PROPUESTAS DE CANDIDATOS. Las más de 40 agrupaciones con sus candidatos hacen sus propuestas para salir de la crisis en que nos encontramos. En un artículo anterior, consignamos que la ciudadanía debe tener bastante cuidado al escoger al candidato de su preferencia para no ser engañado por los cantos de sirena. Podemos añadir que elijan al que ha demostrado en la práctica ser consecuente con las luchas populares, solidario con las protestas, que hayan combinado la teoría con la práctica, desde que se iniciaron en diciembre de 2022, no solamente a partir de julio de 2024. Se está convocando para las marchas pacíficas de los días 19, 27, 28 y 29, insurgencia que va a ser a nivel nacional. 

5.- ¿HAY UN SESGO IDEOLÓGICO EN EL JUICIO A KEIKO? En el desarrollo del juicio oral contra la acusada Keiko, han hecho intervenciones orales los abogados de varios acusados, entre ellos Pablo Talavera Elguera, quien advera que la fiscalía le está dando un sesgo ideológico. Disentimos de esta afirmación porque la puridad, lo neutro del Derecho, como si estuviera en la entelequia, no es el cometido del Derecho Penal ni de otras ciencias afines, así, se cuestiona la actitud de los penalistas, toda vez que muchos se han dedicado a idear finas construcciones de teorías dogmáticas, pero no están sirviendo para una mejor aplicación del Derecho Penal y de la Política Criminal. Como sabemos, primero es la realidad social, y luego la norma penal; que en estos tiempos la criminalidad es compleja, se realizan principalmente utilizando organizaciones criminales, como las que ha utilizado y utiliza la acusada Keiko (es así en todos los casos similares), sus coacusados coautores y cómplices. ¿Y cómo lo han hecho?, pues conforme ha descrito el Fiscal Domingo Pérez, incluyendo el delito de lavado de activos, que así lo ha hecho con conocimiento de la procedencia ilícita del dinero aportado (hay que desenmascararla a esta acusada). Todo esto es así, a menos que los cuestionadores como dicho abogado hagan un loor al fetichismo legal o como afirmaba el penalista holandés que el sistema penal funciona utilizando el «punto focal», es decir, congela el antes y después del delito. Hasta un profano entiende la forma y circunstancias de la actuación de dicha acusada. Tiene como defensores, ella y sus coacusados, a una pléyade de abogados que defienden por lo menos a imputados de clase media para arriba; mientras que las víctimas, incluyendo al Estado, esperan la justicia con abogados públicos o la fiscalía.

Hacemos un llamado a la población para la insurgencia a partir de la fecha, principalmente los días 19, 27, 28 y 29 de julio 2024, BASTA YA DE DICTADURA CONGRESAL Y EJECUTIVA:

INSURGENCIA, INSURGENCIA, INSURGENCIA

     
 

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